Tal día como hoy de 1504 la reina Isabel enferma, en cama, en su palacio de Medina del Campo, decide dictar codicilio. Un documento anexo al testamento que había dictado unas semanas antes, el 12 de octubre. Mucho más corto, cuenta con tres hojas de pergamino con seis caras escritas, donde aclara en 17 cláusulas algunos aspectos personales, otros relativos al gobierno de la Castilla peninsular, otros muestran su preocupación por las noticias que le estaban llegando relativas al gobierno y las actitudes de los castellanos en el continente americano, llegando a asentar en este documento las bases de las Leyes de las Indias.
Por ejemplo, la cláusula X, se centra en mandar controlar la autoridad de algunos reformadores que se han excedido en sus poderes. La siguiente cláusula, la XI, quizás sea una de las de mayor valor histórico al mostrar su preocupación por los nativos de las Indias y mandar que no se permitan humillaciones sobre ellos y sean justamente tratados.
Más adelante, en la cláusula XV, muestra su preocupación y agradecimiento al pueblo castellano que ha estado a su servicio, indicando que se den veinte mil misas por todos aquellos que murieron a su servicio. También muestra su agradecimiento a los que sirvieron a su madre cuando en la cláusula XVI manda que se continúen con las rentas de estos criados.
El documento está escrito y firmado por Gaspard e Gricio, el mismo notario que se encargo del testamento. Y como testigos de este aparecen 5 de los 7 testigos que firmaron el testamento.
Por supuesto, la firma de la Reina se repite con el característico “Yo, la Reyna”, con el que también firmó el testamento. En esta ocasión más claro y legible que en el testamento.
Como curiosidad, actualmente ambos documentos, testamento y codicilio, se conservan en lugares diferentes. Mientras el testamento se encuentra en el Archivo General de Simancas, el Codicilio se encuentra en la Biblioteca Nacional de Madrid.