Si la sucesión monárquica de estos reinos se hubiera regido por la Ley Sálica francesa, ni Isabel hubiera podido heredar el reino ni tampoco Juana, ya que esa ley gala impedía a las mujeres y sus descendientes varones heredar el reino. En Castilla, la mujer pudo ostentar el título de reina como heredera (siempre que no tuviera un hermano varón) hasta el siglo XVIII, cuando Felipe V, francés de cuna y primer Borbón en nuestra corte, intentó implantar en España la Ley Sálica procedente de su país natal, que impedía de forma absoluta la presencia de una mujer en el gobierno si tenía parientes masculinos por vía principal o lateral. Hay que señalar que, aunque popularmente se habla de Ley Sálica o Semisálica en España, lo cierto es que las Cortes no estuvieron de acuerdo con esta idea del monarca y finalmente la norma impuesta por Felipe V, la Ley de Sucesión Fundamental o Auto Acordado del 10 de mayo de 1713, permitía a las mujeres heredar el trono siempre y cuando no hubiera ningún varón en las líneas de sucesión principal o lateral. Pero esta ley fue derogada por la Pragmática Sanción de 1789, que se hizo pública en 1830 gracias a Fernando VII, restableciendo el sistema de sucesión tradicional de las Siete Partidas que introdujo Alfonso X.

Desde la época moderna hasta la actualidad sólo hemos tenido tres reinas: Isabel la Católica que pudo reinar tras reclamar el trono e imponerse a los hombres de su época; Juana I de Castilla a la que podemos denominar como la “reina que no reinó” e Isabel II que “perdió el trono”.

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